Las nuevas órdenes regulares masculinas de la Reforma y la Monarquía Católica, siglo XVI
The new regular orders for men of the Reform and the Catholic Monarchy, 16th century
Jessica Ramírez Méndez
El Colegio de México
jessica.ramirez@colmex.mx
https://orcid.org/0000-0003-1587-6649
Fecha de recepción: 3 de septiembre de 2022
Fecha de aprobación: 1 de marzo de 2023
RESUMEN: Las nuevas órdenes regulares masculinas emanadas de la Reforma, objeto de estudio de este artículo, son aquellas que nacieron a la luz del impulso reformista católico en el siglo XVI. Éstas intentaron dar respuesta a las necesidades de la época que las hizo surgir. Al respecto, este texto aborda, de manera conjunta, los trece movimientos de la Reforma que lograron formalizarse como órdenes religiosas masculinas en el siglo XVI: nueve de clérigos regulares (teatinos, clérigos regulares del Buen Jesús, barnabitas, somascos, jesuitas, clérigos regulares de la Madre de Dios, camilos, caracciolos y escolapios), dos mendicantes (capuchinos y carmelitas descalzos) y dos hospitalarias (hospitalarios e hipólitos). A pesar de la innovación que representaron estos nuevos institutos religiosos, así como de la influyente presencia que tuvieron en los albores de la modernidad, son pocos los trabajos que los han analizado de manera conjunta. Al respecto, en las siguientes páginas expondré el nacimiento de tales órdenes regulares masculinas de la Reforma en lo general, puntualizando cuáles eran y cuál era su carisma, para luego atender su vinculación con las monarquías. Ejemplificaré tal asociación a partir de las que tuvieron su origen en la corona hispana, sin dejar de lado sus territorios ultramarinos.
Palabras clave: Nuevas órdenes religiosas, clérigos regulares, hospitalarios, mendicantes, reforma eclesiástica
ABSTRACT: The new male regular orders emanating from the Reformation, the object of study of this article, are those that were born as part of the Catholic reformist impulse in the 16th century. They tried to respond to the needs of the time that made them arise. This text deals jointly with the thirteen Reform movements that managed to formalize themselves as male religious orders in the 16th century: nine Clerks Regular (Theatines, Clerks Regular of the Good Jesus, Barnabites, Somascans, Jesuits, Clerks Regular of the Mother of God, Camillians, Caracciolini y Scolopi), two Mendicants (Capuchins and Discalced Carmelites) and two Hospitallers (Brothers Hospitallers and Hipolitos). Despite the innovation represented by these new religious institutes, as well as the influential presence they had at the dawn of modernity, few studies have analyzed them together. In this regard, in the following pages I will expose the birth of such regular orders for men of the Reformation in general. I will specify what they were and what their charisma was, to then attend to their link with the monarchies. I will exemplify such associations from those that originated in the Hispanic Crown without leaving aside its overseas territories.
Keywords: New religious orders, Clerks Regular, Hospitallers, Mendicants, Catholic Reform
Por ser la memoria de todos los archivos de mi vida.
A María Guadalupe Vázquez, mi agüelois
Introducción
Las nuevas órdenes regulares masculinas de la Reforma, objeto de este texto, son aquellas que nacieron a la luz del impulso reformista católico en el siglo XVI. Aunque como todo instituto religioso,1 buscaron servir a Dios siguiendo una regla, viviendo en comunidad y profesando los votos sustanciales de castidad, pobreza y obediencia, estas órdenes intentaron dar respuesta a las necesidades del momento: las pretensiones de centralización y disciplinamiento de las monarquías, las guerras y los cuestionamientos espirituales a la iglesia católica.
Dentro de los movimientos que buscaron responder a tales procesos, destacan los que impulsaban una renovación al interior de la iglesia católica, aunque teniendo desenlaces variados. Mientras algunos siguieron trabajando de manera local, ciertos se diluyeron, otros se sofocaron, unos más decantaron en correcciones al interior de la iglesia católica -muchos de los cuales cristalizaron en el Concilio de Trento- y otros, declarados como heréticos, llevaron al rompimiento de la Iglesia universal y hasta se convirtieron en nuevas iglesias como la luterana y la calvinista.2 Aquí abordaré sólo los que lograron constituirse como institutos religiosos masculinos en el siglo XVI.
A pesar de la innovación que representaron estas nuevas órdenes de la Reforma, así como de la influyente presencia que tuvieron en los albores de la modernidad, son pocos los trabajos que las han analizado en conjunto. Por lo general se ha estudiado sólo un modelo (mendicantes, hospitalarias o clérigos regulares), centrando la atención en las consideradas como más exitosas (jesuita y capuchinos, haciendo un guiño a teatinos, somascos y barnabitas). Los estudios también han incluido o mezclado otros movimientos que no alcanzaron plena independencia, o a congregaciones de votos simples y, más notoriamente, no se han considerado las que surgieron fuera del espacio europeo (Donnelly, 2000, pp. 283-307; DeMolen, 1994; Black, 2004, pp. 54-61; Ranke, 1943, pp. 85-89; Bayle, 1944, pp. 517-558; Po-Chia, 2010, pp. 45-54; Barrero y Martínez, 2008).
Después de una revisión de los numerosos trabajos que han tratado sobre esas órdenes y de aproximarme a documentación de archivo, consideré necesario hacer un texto que definiera con mayor claridad cuántas y cuáles habían sido éstas. Puntualizo su pertenencia a la Reforma pues, por un lado, esto las distingue de las llamadas “nuevas órdenes” que se asentaron en el virreinato novohispano después de las tres primeras evangelizadoras (Ramírez, 2014, pp. 1015-1075) y, por otro lado, porque el concepto de Reforma -así, con mayúscula- permite aludir a un proceso amplio y complejo que engloba una serie de movimientos de distinta duración, así como a grupos diversos con diferentes perspectivas y aspiraciones. Estos, encontrándose, generaron una profunda transformación político-religiosa en la sociedad europea en el siglo XVI -con sus implicaciones extra continentales- y, como parte de ella, el resquebrajamiento ecuménico del catolicismo (Batallion, 1950, p. 545; Jedin, Iserloh y Glazik, 1967, pp. 26-38; Alberigo y Camaiani, 1997, pp. 38-69; Lehmann, 2000, pp. 57-59).
Así pues, este texto aborda de manera grupal los trece movimientos de la Reforma que lograron formalizarse como órdenes religiosas masculinas en el siglo XVI: nueve de clérigos regulares, dos mendicantes y dos hospitalarias. En tanto que el objetivo es ofrecer una mirada general, un punto de partida para la reflexión, no pretendo agotar la presentación de estos institutos reglares, sobre todo porque en el siglo XVII surgieron o lograron plena independencia otros institutos más como parte del mismo proceso reformista.3 Además, tampoco es necesario particularizarlas, pues actualmente contamos con estudios puntuales para cada una de ellas.4
En las siguientes páginas expondré el nacimiento de las órdenes regulares masculinas de la Reforma en lo general, puntualizaré cuáles eran y cuál fue su carisma, para luego atender su vinculación con las monarquías, ejemplificando tal asociación a partir de las que tuvieron su origen en territorios de la corona hispana. Al respecto de esto último, cabe señalar que, aunque la historiografía actual en torno a la Monarquía Católica apela a no pensarla a partir de las “historias nacionales”5 para atender la circulación de objetos, personas e ideas, Gruzinski (2010) ha dejado de lado las manifestaciones de la espiritualidad renovada del siglo XVI en sus territorios ultramarinos; de hecho, los estudios al respecto no han considerado a las órdenes regulares que se gestaron en los espacios católicos no europeos.
Surgimiento
Desde el siglo XIV, los institutos religiosos habían estado marcados por una creciente decadencia en la que se sentía viva la necesidad de un serio reajuste disciplinar y, sobre todo, de una profunda renovación de la vida espiritual.6 Así, los impulsos para reformarlos habían ido cobrando cada vez más fuerza hacia finales de la Edad Media. De hecho, tales pretensiones se adscribieron al gran proceso de Reforma que llevó a la escisión del catolicismo y, con ello, a que las iglesias reforzaran su carácter proselitista y militante en el que los institutos reglares tendrían un papel fundamental.
En ese contexto de reforma, la Iglesia católica buscó fortalecerse como corporación, se preocupó por definir el dogma, restaurar la primacía de la jerarquía eclesiástica, destacar la relevancia de los sacramentos, condenar la heterodoxia y reformar las costumbres, tanto de sus miembros como en la totalidad de la comunidad católica. Era fundamental disciplinar a los fieles y al clero a partir de códigos y disposiciones. Esto fue lo que quedó vertido en el Concilio de Trento (1545-1563) en el que Jedin (1980), entre otras cosas, se puntualizó la reforma de los regulares en 22 capítulos7 después de un largo recorrido de iniciativas generadas al interior de los institutos.8
Por su parte, desde el siglo XV -y en especial a partir de las guerras de religión del siglo XVI-, las diversas coronas europeas se fueron planteando la necesidad de lograr mayor control social, eliminar los privilegios locales, reconfigurar la disciplina social,9 evitar el crecimiento de aparatos administrativos sin su dirección lo que, en conjunto, llevó a una mayor centralización del poder (Mayer, 2010, pp. 11-12). En este contexto, las monarquías abrazaron la religión predominante en sus dominios e hicieron de su defensa un vehículo para lograr un mayor control y la unidad de sus posesiones. Después de todo, la religión fue uno de los pocos aspectos que podían compartir los territorios tan dispares que se agrupaban bajo la cabeza de un mismo rey. Así, las monarquías buscaron intervenir en la configuración de las iglesias “confesionales” y, con ellas, en la disciplina eclesiástica.10
Particularmente, los reyes aprovecharon la tendencia reformista para sujetar a las órdenes regulares en favor de su búsqueda por una mayor centralización. Y es que tales institutos gozaban de gran autonomía respecto del gobierno temporal, así como de un importante poder político y social por sus lazos supraterritoriales, su cercanía con el papado y los privilegios que éste solía concederles. Por esto último es por lo que el Concilio de Trento no bastaba a los monarcas pues, a partir de él, el Papa seguiría comandando el actuar de tales corporaciones.
Así, en sus territorios, las diversas coronas aceptaron la reforma de los institutos y la inserción de nuevos sólo cuando fueron dirigidos por ellas. Restablecer la observancia, es decir, que las órdenes cumplieran sus reglas primigenias, no significó, como veremos en el ejemplo de la Monarquía Hispana, el respeto a su línea jerárquica, sino la creación de figuras que permitieran a los monarcas tener una mayor intervención (Borromeo, 1998, pp. 185-196; Martínez Millán, 1994; Cortés, 2005, pp. 109-130).
En tanto que el gobierno temporal incidió en diversos movimientos reformistas, no resulta extraño que algunos fueran perseguidos, otros sofocados, unos más apoyados y, de hecho, algunos, institucionalizados. Esto es especialmente evidente en el caso de los grupos surgidos al interior de las órdenes donde, mientras ciertos miembros (los observantes) impulsaban el cumplimiento de sus reglas sin ser paliadas, otros (los conventuales) rechazaban cualquier modificación a la vida que llevaban en ese momento (García Oro, 1971, p. 18; García Oro, 1979).
Ante los problemas internos que enfrentaban, se concedió que los observantes formaran vicariatos como unidades en pleno ejercicio de su potestad, pero delegada por el general de la Orden. La pretensión era que, una vez reformada la totalidad del instituto, dichas subdivisiones desaparecieran para crear de nuevo una unidad. Este proceso pocas veces ocurrió. Por lo general se dieron actos de violencia entre ambos grupos, lo que llevó, en algunos casos, a que las observancias buscaran su plena independencia conformando un nuevo instituto siempre bajo el cobijo de la nobleza gobernante.
Entonces, las nuevas corporaciones encontraron un terreno fértil para conformarse, pues respondieron a las necesidades de la época, definida por la confrontación y los cuestionamientos espirituales. De hecho, estos regulares se entregaron al trabajo apostólico entre las comunidades caracterizadas por la ignorancia, la disgregación, la guerra, la enfermedad, la herejía o la infidelidad; asistieron a católicos “de frontera” que eran aquellos que se encontraban en zonas donde no estaba establecida la jerarquía eclesiástica de la cristiandad; a católicos perseguidos, desunidos, cismáticos, herejes y también a los que había que convertir, como paganos o infieles (Fortes, 1997, pp. 15-16).
Características
A lo largo de la segunda mitad del siglo XVI, surgieron 13 nuevos institutos religiosos, incluyendo uno que nació en América: los hipólitos.11 Las órdenes religiosas agrupan diferentes modelos de vida: mendicantes, hospitalarias, de clérigos regulares, monásticas, de redención de cautivos y militares. De entre tal diversidad, las órdenes de la Reforma se configuraron a partir de los tres primeros géneros:12 nueve se conformaron a partir de un modelo de vida clerical, dos tomaron el de vida mendicante y las otras dos el hospitalario. Presento las características de cada uno de los tres géneros que se hicieron presentes en el proceso de Reforma. Paralelamente, aunque no se constituyeron como institutos plenamente independientes -por lo que no serán tratados en este trabajo-, se reformaron muchos de los ya existentes. En conjunto, la vitalidad y los llamamientos de reforma católica, a la vez de la renovación espiritual y las necesidades prácticas del momento, generaron un sinnúmero de congregaciones.13
Órdenes desprendidas de mendicantes ya existentes
Los institutos religiosos mendicantes tenían como fin último la difusión de “la palabra de Dios” mediante la predicación. La mayoría de las familias mendicantes basaron sus estatutos en la regla de San Agustín; ello se percibe en el seno de sus preceptos como lo es el cultivo de la interioridad -oración y contemplación- y el servicio a la comunidad a la que pertenecen (Martínez Ruiz, 2004, p. 139). Así, se constituyeron como un puente entre el estado clerical y el monástico; de hecho, eran institutos de vida mixta, lo que significaba que debían buscar un equilibrio entre la contemplación y la prédica, aunque no siempre lo lograron, deslizándose unas hacia el activismo y otras hacia el repliegue (Martínez Ruiz, 2004, pp. 240-241).
En principio, las órdenes mendicantes renunciaban a sus propiedades, por lo que pedían limosna para sobrevivir. Paralelo a ello, desde que se habían asentado en las urbes medievales, aceptaron ligarse a un edificio y, con ello, organizaron sus actividades a partir de la vida claustral mediante los horarios de la oración en comunidad: el coro. Así, de las mendicantes ya existentes se desprendieron grupos que pugnaron por volver a la vida trazada por su fundador sin tener privilegios especiales o haber paliado la regla mediante concesiones pontificias (García y Portela, 1998a, 2000, 2001a, 2001b, 2002; Fernández-Gallardo, 1999; Taylor, 1993; Martínez de Vega, 2000; Nieto, 1993). Este fue el caso de los capuchinos y de los carmelitas descalzos que, desprendidos de la Orden de San Francisco y de la del Carmen, respectivamente, se configuraron como institutos plenamente independientes (Ramírez Méndez, 2015, pp. 70-79). Algunas otras, como los trinitarios, mercedarios o agustinos, todos descalzos, consiguieron su plena independencia posterior al siglo XVI.
Lo cierto es que, en conjunto, las órdenes no escaparon a su tiempo, pues aunque fueron muchos los que buscaron el regreso a los modelos antiguos, a una espiritualidad que creían perdida, sólo pudieron configurarse como órdenes independientes los grupos que paulatinamente empataron sus postulados reformistas con los designios tridentinos y los monárquicos. Así lo terminarían haciendo la Orden de hermanos menores capuchinos o de vida eremítica, que inició sus actividades en 1525, en la región italiana de Marcas, Ancona (Cargnonio, 1988, pp. 48-50; Gleason, 1994, pp. 31-35), y la Orden del Carmen Descalzo, surgida en Ávila en 1568 (Fernández de Mendiola, 2008, pp. 17-18). Pero, en el fondo, fueron corporaciones muy distintas.
Los capuchinos se preocuparon por la predicación, por obras de caridad, de auxilio a los afectados por la peste y por la creación de espacios como la bottega di Cristo (tienda de Cristo), donde vendían comida a precios bajos o el Monte di Pietà, para prestar sin cobrar intereses (Po-Chia, 2010, p. 49). Por su parte, los carmelitas acentuaron la contemplación. Además, tuvieron un proceso particular en tanto que el cambio vino desde los conventos femeninos, impulsado por Teresa de Jesús, si bien ya había iniciativa por parte del general de la orden. Ambas propuestas se unieron y pronto recibieron apoyo de la Corona Hispana para concretar la reforma y, después, darle plena independencia a la orden y tenerla bajo su dirección (Smet, 1990; Steggink, 1965). Aunque con carismas distintos, los dos institutos se desprendieron de unos medievales. Ambos surgieron en la búsqueda de una vida más austera por lo que siguieron los preceptos mendicantes pero de manera mucho más estricta.
Órdenes Hospitalarias
Así como los mendicantes, los institutos religiosos de tipo hospitalario habían surgido desde la Edad Media. En el siglo XVI, ante una población acosada por la guerra, las epidemias, la hambruna y la miseria, se dio un renovado impulso para su creación. En principio, cabe recordar que el hospital era una casa donde se recibía a necesitados, que podían ser pobres, peregrinos, ancianos, huérfanos o enfermos. Se trataba de auxiliarlos como parte del concepto de caridad cristiana y, más allá de sanar al enfermo de su padecimiento, se buscaba cuidarlo física y espiritualmente y, de ser el caso, ayudarlo a bien morir (López Terrada, 1996, pp. 192-204).
Los hospitales no siempre tuvieron su origen en el seno de la Iglesia, muchas veces fueron fundaciones de seglares imbuidos en el ideario de la caridad y preocupados por comenzar esta labor. Algunas de estas iniciativas se convirtieron en órdenes religiosas al dárseles una regla y confiriéndoles los tres votos sustanciales, al que añadían un cuarto de hospitalidad. Este fue el caso de las órdenes hospitalarias de la Reforma como la Orden hospitalaria de San Juan de Dios (Castro, 1995; Martínez Gil, 2006, pp. 69-100), llamados juaninos y configurados en Granada, y de los Hermanos de la caridad de San Hipólito, los hipólitos, que nacieron en México (Díaz de Arce, 1651; Martínez Torres, 2019).
Las dos órdenes hospitalarias que surgieron en el siglo XVI, lo hicieron en espacios que se incorporaron al imperio hispano como parte de sus guerras de conquista y su expansión: Granada, arrebatada a los musulmanes (1492), y México, a los mexicas (1521). Mediaba prácticamente medio siglo entre tales eventos y el nacimiento de los juaninos (1537) y los hipólitos (1567). Ya para entonces, el sentido de caridad cristiana estaba implantado en cada una de tales sociedades y, con ello, el impulso de ayudar a menesterosos y enfermos.
Los juaninos, de hecho, se impusieron un cuarto voto de ayuda a los enfermos y el principio de rechazo a la exclusión, lo que podríamos calificar como uno de sus principios básicos. Innovaron en muchos sentidos, hasta en la hora de pedir limosna, pues contrario a la común luz del día, este grupo lo hacía de noche. Su universo no era la docta discusión ni la meditación, sino el cuerpo, la atención física de los enfermos. Buscaban los momentos de mayor vulnerabilidad humana para entonces prestar su ayuda (Alberro, 2005, pp. 45-53).
Los hipólitos, por su parte, aunque con especial acento en los locos, también fueron fundamentales para consolidar el tránsito entre los puertos y el centro de la Nueva España: Veracruz-Perote-ciudad de México (la entrada y salida a Europa por el Atlántico) y la ruta ciudad de México-Oaxtepec-Acapulco (la ruta a Asia). Viajeros y mercancías pasaban por sus hospitales o eran trasladados por sus mulas.14 Así, aunque parte del mundo católico y por tanto bajo su influjo de ideales caritativos, respondía a las necesidades del espacio en el que surgían.
Órdenes de clérigos regulares
Las órdenes clericales se conformaron por sacerdotes15 que eran a la vez religiosos, por lo que, aunque eran institutos de vida mixta, estaban muy cerca de la vida activa.16 Al seguir una regla, compartieron elementos con las órdenes mendicantes, como recitar el oficio divino, practicar la penitencia y seguir los usos conventuales. No obstante, el coro y la clausura los subordinaron a la labor que tuvieran que desempeñar; a cambio de ello, enfatizaban la oración mental y la lectura espiritual para contrarrestar las tentaciones mundanas en las que se desenvolvían (Iparraguirre, 1969, p. 183).
No pedían limosna y sus servicios eran gratuitos, por lo que solían tener propiedades que pertenecían a la comunidad, además de las ayudas de los fieles. No tenían un hábito riguroso o particular; en todo caso usaban una sotana similar a la de un clérigo secular. De hecho, más que presentarse como miembros de una comunidad religiosa en específico, les interesaba ser vistos como clérigos respetables. Así, trabajaban en alcanzar una conducta personal intachable, acompañada de formación intelectual y espiritual, gran actividad sacramental y vocación en favor de los pobres y marginados (Fois, 1989, p. 418).
En conjunto, los institutos reglares de este tipo buscaban hacer entrar a los eclesiásticos en un estado de perfección, a partir del cual ayudaran en el cuidado del alma de la población; es decir, realizaban apostolado17 en amplio sentido mediante las buenas acciones, la prédica, la administración de sacramentos, la evangelización, la cura de almas, la instrucción, y/o la asistencia de enfermos, ancianos, huérfanos, etcétera. Solían poner el acento en alguna de esas actividades, lo cual constituía su carisma y, en ocasiones, un cuarto voto (Castillo, 2008, pp. 191-193; DeMolen, 1994, p. XI).
Estos institutos fueron, pues, una respuesta directa a la decadencia intelectual y moral del clero, caracterizada por la carencia de vocación sacerdotal y de celo pastoral, por la búsqueda de prelaturas y no por la misión pastoral en la comunidad cristiana. Esto explica el peso que estos clérigos regulares dieron a la instrucción, a la búsqueda de ser un testimonio de vida evangélica y a la renuncia a dignidades eclesiásticas; al cultivo de la oración interior y a la promoción de la práctica regular de los sacramentos, como la confesión y la eucaristía (Fois, 1989, p. 418).
Las órdenes de clérigos regulares que nacieron en el siglo XVI fueron los siguientes: en 1524 surgió, en Roma, la Orden de Clérigos Regulares; sus miembros fueron conocidos como teatinos, tenían una tendencia ascética y su primer superior fue el después papa Paulo IV (Jorgensen, 1994, pp. 1-29; Del Valle, 1842, pp. 145-148). También en Roma, se conformaron los Clérigos regulares ministros de los enfermos o Camilios (Cicatelli, 1653); se desempeñaron sobre todo en el cuidado de enfermos en hospitales, a la vez de ayudar a bien morir. Los Clérigos Regulares del Buen Jesús tuvieron su origen en Rávena; su acento estuvo en la administración de sacramentos y en la predicación (Del Valle, 1842, p. 62; Tiron, 1848). Nacieron en Milán los Clérigos Regulares de San Pablo, comúnmente conocidos como barnabitas (DeMolen, 1994, pp. 67-79). La Compañía de siervos pobres o somascos se conformó en 1534 en Venecia, y tuvo especial interés en la atención de huérfanos y pobres (Bianchini, 1975, p. 977; Lewis, 1996, p. 121; Donnelly, 2000, p. 167).
En Lucca se constituyeron dos institutos más, los cuales se dedicaron a la enseñanza: la orden de Clérigos Regulares de la Madre de Dios (Iparraguirre, 1969, pp. 187-188; Donnelly, 2000, p. 168) y los Clérigos Regulares pobres de la Madre de Dios de las Escuelas Pías, mejor conocidos como escolapios (Donnelly, 2000, pp. 169-179). Enfocados también en la instrucción y en la atención espiritual, fueron los Clérigos Regulares Menores, conocidos como caracciolos (Donnelly, 2000, p. 169), los cuales surgieron en Nápoles en 1588. Aunque bajo la sujeción de distintas monarquías, todas esas órdenes se conformaron en la península itálica; de hecho, aún el primer desarrollo de la Compañía de Jesús se dio en ese entorno (O’Malley, 1993; Egido, 2004), aunque tuvo sus inicios con unas prédicas de su fundador vasco en Alcalá, seguidas de la conformación del grupo en París (Po-Chia, 2010, pp. 45-46).
Aunque estas órdenes se constituyeron como una novedad en el siglo XVI, cabe señalar que varios de los institutos de clérigos regulares se desprendieron del impulso de oratorios previamente creados y que, desde el siglo XV, reunía a clérigos y seglares, hombres y mujeres buscando una renovación espiritual de la Iglesia (Terpstra, 2001, pp. 163-182; Fois, 1989, pp. 411-417). Así, los teatinos y somascos se conformaron a partir de la Congregación del Divino Amor (fundada en 1497), que se dedicó principalmente a la oración y atención de los enfermos, establecida primero en Génova y luego también en Roma, Venecia y Nápoles (Fois, 1989, p. 411-412).18 Los barnabitas se iniciaron a partir del Oratorio de la Sabiduría Eterna de Milán (González, 1999, pp. 99-101; Fois, 1989, pp. 410-411). La Compañía de Jesús, por su parte, se vio influenciada por estas hermandades (Meneghin, 1969, p. 519); no obstante, el propio proceso de Reforma dividió claramente la labor de unos y otros, llevando a los clérigos a agruparse e institucionalizarse.19
Así, estas órdenes se convirtieron en un puente entre el medioevo y el movimiento moderno; fueron la semilla de muchos de los procesos de la reforma de la iglesia católica en el siglo XVI (Rusconi, 1986, pp. 469-506). Florecieron entre las minorías o entre comunidades que enfrentaban situaciones críticas, pues conjuntamente buscaban soluciones materiales y espirituales. De hecho, como lo ha apuntado otro tipo de estudios, las hermandades ayudaron a diversas comunidades a resistir los cambios religiosos y sociales; en muchos sentidos, fueron vehículos de resistencia y hasta conllevaron procesos de aculturación (Wojciechowska, 2019, pp. 65-87). Muestra de ello es el proceso evangelizador novohispano (MacLeod, 2019, pp. 280-306; Dierksmeier, 2020), aún pendiente de conectar con la Reforma y la creación de nuevos institutos.20
La siguiente tabla evidencia algunos elementos que vale la pena destacar. [Ver
Cuadro I Las nuevas órdenes regulares masculinas de la Reforma22
Orden | Modelo de vida | Surgimiento | Lugar de origen | |
---|---|---|---|---|
1 | Teatinos | Clérigos regulares | 1524 | Roma |
2 | Capuchinos | Mendicantes | 1525 | Marcas |
3 | Clérigos regulares del Buen Jesús | Clérigos regulares | 1526 | Rávena |
4 | Barnabitas | Clérigos regulares | 1530 | Milán |
5 | Somascos | Clérigos regulares | 1534 | Venecia |
6 | Jesuitas | Clérigos regulares | 1534 | París |
7 | Juaninos | Hospitalarios | 1537 | Granada |
8 | Hipólitos | Hospitalarios | 1567 | México |
9 | Carmelitas descalzos | Mendicantes | 1568 | Ávila |
10 | Clérigos regulares de la Madre de Dios | Clérigos regulares | 1574 | Lucca |
11 | Camilos | Clérigos regulares | 1582 | Roma |
12 | Caracciolos | Clérigos regulares | 1588 | Nápoles |
13 | Escolapios | Clérigos regulares | 1597 | Lucca |
Fuente: elaboración propia con base en Donnelly, 2000, pp. 283-307; Martínez Ruiz, 2004; Castro, 1995; DeMolen, 1994; Tiron, 1848; Del Valle, 1842; Castro y Barbeito, 1792; Díaz de Arce, 1651.
Casi la mitad de los nuevos institutos florecieron en la Monarquía Hispana, pero no sólo en la península Ibérica. Cabe recordar que bajo la cabeza de Carlos V estaban los reinos de Nápoles, Sicilia y Cerdeña; el Milanesado se integró a la muerte del duque Francisco de Sforza,23 la república Genovesa estaba a su servicio; los Medici de Florencia, los Gonzaga de Mantua y otros señores locales se reconocían dependientes del Imperio; Siena era un gobierno republicano, pero tenía una guarnición española y un gobernador imperial, mientras que Lucca24 era, a su vez, un feudo imperial.25
De manera general, sólo la república de Venecia y los Estados pontificios no estaban ligados de alguna forma a la autoridad del monarca español. Por su parte, Saboya, en tanto que era el acceso a Italia desde Francia, fue disputado y constantemente sometido por los Valois. La península itálica tenía una posición estratégica tanto por tierra, en el centro de Europa, como por mar, hacia el Mediterráneo. Además, era la barrera que separaba al mundo católico del musulmán, que extendía su dominio en Europa oriental -incluida la península de los Balcanes hasta Hungría-, el litoral asiático -Persia- y africano -Trípoli, Argel y Túnez-. A la vez de este escenario centroeuropeo, la corona hispana intentaba consolidar su dominio en plena expansión en Asia y en América. Igualmente, enfrentaba el reto de lograr una mayor cohesión en la península ibérica. Así, sujetar a los institutos regulares se convirtió en una prioridad.
Las nuevas órdenes regulares masculinas de la Reforma en la Monarquía Católica
La Monarquía Católica fue una entidad politerritorial, con escasa cohesión y abundante pluralidad interna (cultural, institucional, jurisdiccional, etcétera). Especialmente desde el siglo XVI, promovió una mayor cohesión y uniformidad que le permitiera tener un gobierno eficaz, un aumento de sus ingresos y una mayor movilidad de sus recursos para los gastos bélicos. Al respecto, la religión fue una de las herramientas que utilizó como elemento de unión y en sus pretensiones de centralización del poder.26
Así, la empresa imperial hispana no se entiende sin la iglesia católica. Por un lado, su organización y sus múltiples corporaciones permitieron generar lazos y ayudar a estructurar la vida de los variados habitantes en los amplios espacios; por el otro, el proceso de unificación y expansión del imperio, en lo general, resultaría inexplicable sin la actividad misionera heredera de la Cruzada y de la Reconquista, ya que en ella estuvo su justificación, la configuración identitaria de lugares tan diferentes, más allá de la innegable y genuina preocupación por la salvación de las almas de los súbditos. En conjunto, la religión católica proveyó de un sentido simbólico y práctico, de unidad, a territorios con condiciones muy distintas y dispares.
Las pretensiones misioneras en amplio sentido27 tenían como objetivos la salvación de las almas y el control. Así, se trataba de una acción “civilizadora” que intentaba homogeneizar a la sociedad a partir de una única confesión. Para ello, eran necesarios eclesiásticos formados en esos ideales que llevaran a cabo dicha tarea (Ramírez Méndez, 2020). Precisamente, la Monarquía Católica, entre otras medidas, pretendió transformar al clero regular intentando homologar a sus miembros a tono con los mandatos tridentinos28 y, conjuntamente, hacer cambios en su estructura interna, que le permitieran sujetarlo y emanciparlo en lo posible de Roma. Asimismo, aunque con cierta reticencia, tuvo que consentir que nuevos institutos reglares se conformaran o asentaran en sus territorios para tener un mayor control sobre estos.
Desde tiempos de los Reyes Católicos, se habían ido generando acciones de reforma al interior de las órdenes para sujetarlas a la monarquía (Suárez Fernández, 1989, p. 151).29 Con esos antecedentes, Felipe II defendió comandar la transformación de los regulares aun antes de Trento.30 Aunque en principio no tuvo mucho éxito, el Rey siguió insistiendo tanto en la reforma,31 como en la necesidad de que fuera él quien la llevara a cabo “para que yo en virtud de la comisión de su santidad nombre las personas que convengan para que entiendan con diligencia en hacer la reformación […]”.32 Fue, de igual manera, en estas negociaciones con la Santa Sede, que el rey solicitó que la máxima autoridad dentro de las órdenes religiosas estuviera a cargo de un súbdito fiel a la monarquía. 33 Pero era claro que el papado no quería que la reforma fuera conducida por el soberano hispano, como tampoco que los generales radicaran en la corte imperial, pues significaba perder el control de las órdenes en los territorios de la monarquía y las ventajas derivadas de los nombramientos, como la fidelidad o sujeción al sumo pontífice de los designados a los generalatos.
No obstante, dado el propio apoyo que el papado necesitaba, sobre todo contra el turco y el cambio en su política,34 a partir de 1565 se fueron expidiendo diversas bulas y breves que permitieron la reforma de las órdenes en manos de la Corona.35 El proceso de supresión del conventualismo y la afirmación de la observancia en todas las órdenes no tenía marcha atrás.36 La intervención de la Corona era férrea; en 1567 se ordenó, por ejemplo, la supresión de los franciscanos claustrales, mientras que, de las demás órdenes, sólo se aprobaba la reformación si ésta quedaba bajo el mandato del monarca.37
Es claro cómo, si bien la Corona buscaba abatir la relajación nombrando priores observantes, también pretendía sujetar a las órdenes a la monarquía tanto como lo había logrado con los obispos por el derecho de presentación.38 Sobre todo, a partir de los años 70 del siglo XVI, es notorio que la observancia no bastaba a Felipe II. El soberano se valió de los obispos y provinciales, intentando excluir a los generales, a quienes veía como emisarios papales y extranjeros. Igualmente, buscó establecer permanentemente vicarios generales de cada orden en su corte y así hacerlas totalmente independientes de Roma.39
El objetivo final era sujetar a todos los institutos regulares mediante un vicario, replegarlos en sus conventos apelando al regreso de su regla primigenia y quitarles todos los privilegios que antes les fueron concedidos y, con ellos, su independencia y riqueza; parece que éste era el significado de reforma de los regulares para Felipe II.40 De este modo, la reforma católica hispana se fue constituyendo como un proceso de “control social”, es decir, de configuración de unas pautas de conducta individual y colectiva a través de los instrumentos de poder político (Fernández Terricabras, 2000, p. 375). Por lo mismo, en principio la corona hispana intentó repeler la creación de nuevas órdenes, sobre todo de clérigos regulares, pues solían gozar de amplias libertades de acción y ser muy cercanas al papado, lo cual chocaba con sus aspiraciones.41 A cambio de ello, se enfocó en reformar las ya existentes.
Pero con tales pretensiones la reforma no fue sencilla. La independencia de la que gozaban las provincias de las diversas órdenes y sus condiciones particulares, ocasionaron que no pudiera llevarse a cabo una reforma general de manera sistemática. Cada provincia regular respondió de manera distinta a los impulsos de reforma, lo que permitió su pronta transformación en algunas regiones y su resistencia en otras. Después de todo, como lo ha mostrado la historiografía, ese “estado centralizado” que se ha señalado como uno de los rasgos distintivos de la Edad Moderna no fue, en la mayoría de los casos, mucho más que un ideal al que aspiraban los soberanos.42 La estabilidad de la monarquía dependió, en gran medida, del grado de cooperación de las élites locales y de la negociación con ellas.43 De hecho, al respecto de las propias fundaciones conventuales, aunque solemos recordar casi exclusivamente las licencias regias y episcopales y el nombre del patrono, siempre estuvo involucrada la voluntad de la nobleza, de los poderes urbanos y de la población local (Atienza, 2008).
Entonces, la necesidad de contraatacar a protestantes y musulmanes, la pérdida del pacto y presencia regia en las urbes (Díaz, 2010, pp. 145-158), así como la creciente demanda de misioneros en tierras recién descubiertas, conquistadas o no consolidadas, empujaron a Felipe II a aceptar institutos de reciente creación a pesar de su reticencia inicial al respecto. Pero la inserción de nuevas órdenes era necesaria, más aún ante las luchas con las provincias de regulares por la reforma general, los numerosos privilegios papales de los que gozaban hacía siglos, el complejo entramado de jurisdicciones y la variedad de actores involucrados: el papado, los generales y provinciales de las órdenes, los patronos y las élites locales, entre otros. Entonces, aunque en principio las había rechazado, la Corona tuvo que aceptar nuevas órdenes -no sin intentar ponerlas bajo su dirección- para que extendieran el catolicismo y realizaran tareas evangelizadoras, educativas y hospitalarias. Pero aún dentro de esas órdenes surgidas como parte del proceso de Reforma, se evitó de manera general dar cabida a las de clérigos regulares que eran más apegadas a la San Sede44 e implicaban un paradigma religioso de catolicismo romano no hispano;45 aún con todo, una de ellas logró extenderse por sus territorios: la Compañía de Jesús.46
A manera de epílogo
El siglo XVI trajo consigo transformaciones profundas para el mundo; especialmente para el católico implicó un proceso de reforma y el resquebrajamiento de la unidad religiosa. Precisamente, como parte de ese proceso, surgieron nuevas órdenes religiosas y algunas de las ya existentes se renovaron. En conjunto, todas ellas intentaron dar respuesta a las necesidades de la época que las hizo surgir; por ello, casi todas tuvieron una estructura novedosa, configurándose como institutos de clérigos regulares.
Asimismo, las nuevas órdenes regulares masculinas de la Reforma fueron instrumentos de las monarquías católicas en sus procesos de expansión y de fortalecimiento de sus aparatos político-administrativos.47 En la segunda mitad del 1500 se dio la expansión de tales institutos en Europa, transfiriéndose ese impulso hacia finales del siglo XVI a América y, posteriormente, a Asia.
Cinco de las trece nuevas órdenes masculinas que surgieron en 1500 nacieron en la Monarquía Católica: dos hospitalarias, una en la ciudad de México (hipólitos) y otra en Granada (juaninos), territorios que habían sido escenarios de guerra para luchar contra paganos e infieles respectivamente (Rocher, 2005, p. 1299). Salvaba enfermos y menesterosos, rescataba súbditos para el rey y daba fieles a la Iglesia. Dos más de esos institutos surgieron en espacios que la Corona gobernaba en la península itálica, el gran caldo de cultivo de los institutos clericales: en Nápoles (caracciolos) y Milán (barnabitas). Por último, una mendicante desprendida de una reforma gestada en Ávila (carmelitas descalzos), a la que el rey cobijó apoyando su plena independencia a cambio de sujetarla.
Felipe II apostó por esquemas que ya conocía, permitiéndoles extenderse por sus territorios, como las órdenes hospitalarias y las mendicantes. En contraste, mostró reticencia ante institutos más difíciles de controlar, como los de clérigos regulares. Pero el imperio seguía creciendo -sobre todo hacia América y Asia- y, en conjunto con los espacios en Europa, era necesario solidificar la presencia del catolicismo, tanto en un sentido espiritual como de control político. Esto obligó al monarca a aceptar órdenes que nacieron fuera de la Monarquía Hispana, a la vez de apoyar la creación de otras en sus territorios, incluidos los americanos; de hecho, más aún en estos últimos donde el Regio Patronato y la poca intervención que podía tener en ellos la Santa Sede dejaron en sus manos la dirección de la Iglesia (Pizzarusso y Sanfilippo, 1998, pp. 321-340). ¿Cómo llega la Reforma a los territorios que estaban fuera de Europa? Particularmente, ¿cómo se traduce en congregaciones y órdenes religiosas?48 Así, queda pendiente aún estudiar cómo los institutos que se crearon en espacios extraeuropeos se insertaron en el proceso de Reforma bajo ideas comunes, pero con necesidades propias.49 Este es sólo el principio.
Archivos
AMAE Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores (Madrid)
AGS Archivo General de Simancas
Bibliografía
ALBERIGO, G., CAMAIANI, P. (1977). Reforma Católica y contrarreforma. En K. Rahner, Sacramentum Mundi. Enciclopedia teológica (pp. 38-69) Morcelliana.
ALBERRO, S. (2005). Apuntes para la historia de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios en la Nueva España-México, 1604-2004. El Colegio de México, Orden hospitalaria de San Juan de Dios.
AMADORI, A. (2013). Negociando la obediencia. Gestión y reforma de los virreinatos americanos en tiempos del conde-duque de Olivares (1621-1643). Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Universidad de Sevilla, Diputación de Sevilla.
ARCURI, A. (2019). Confesionalización y disciplinamiento social: dos paradigmas para la historia moderna. Hispana Sacra, 71(143), 113-129. https://hispaniasacra.revistas.csic.es/index.php/hispaniasacra/article/view/782/782
ASSIMAKÓPULOS, A. (2019). Oficios Eclesiásticos. Max Planck Institute for European Legal History Research Paper Serie, (2019-23), 1-45. https://deliverypdf.ssrn.com/delivery.php?ID=401113007091098087001066103102091023049032046034087025094064005099069117101075068106102031052055041038044014080125116066001112011046009002009122079080106014006100118017066082114096073004025006002093085094010079085030029120113121007109021070120019122029&EXT=pdf&INDEX=TRUE
ASTRAÍN, A. (1914). Historia de la Compañía de Jesús en la asistencia de España II. Impresores de la Real Casa.
ATIENZA, A. (2008). Tiempos de conventos. Una historia social de las fundaciones en la España Moderna. Marcial Pons, Universidad de la Rioja.
AZCONA, T. (1980). Reforma del episcopado y del clero de España en tiempos de los Reyes Católicos y de Carlos V (1475-1558). En R. García-Villoslada (Dir.), Historia de la Iglesia en España III. La Iglesia en la España de los siglos XV y XVI (pp. 115-210). Biblioteca de Autores Cristianos.
BARRERO GONZÁLEZ, E., MARTÍNEZ CARRETERO, I. (Coords.). (2008). Órdenes y congregaciones religiosas en Sevilla. Ateneo de Sevilla, Fundación Cajasol.
BATALLION, M. (1950). Erasmo y España. Estudios sobre la historia espiritual del siglo XVI. Fondo de Cultura Económica.
BAYLE, C. (1944). Órdenes religiosos no misioneras en Indias. Missionalia Hispánica, (1), 517-558.
BIANCHINI, P. (1975). Chierici regolari Somaschi. En G. Pelliccia y G. Rocca (Coords.), Dizionario degli Istituti di Perfezione (p. 977.) Paoline.
BLACK, C. F. (1989). Italian Confraternities in the Sixteenth Century. Cambridge University Press.
BLACK, C. F. (2004). Church, religion and society in Early Modern Italy. Palgrave MacMillan.
BORROMEO, A. (1998). Felipe II, un monarca y su época. La Monarquía Hispánica. Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V.
CARDIM, P., HERZOG, T., RUÍZ, J., SABATINI, G. (Coords.). (2014). Polycentric Monarchies: how did early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony? Sussex Academic Press.
CARGNONIO, C. (Ed.). (1988). I Frati Cappuccini. Documenti e testimonianze del primo secolo I. Edizioni Frate Indovino.
CASTILLO, A. (2008). Los misioneros teatinos en Asia durante los siglos XVII y XVIII. En E. Corsi (Coord.), Órdenes religiosas entre América y Asia. Ideas para una historia misionera de los espacios coloniales (pp. 189-204). Colegio de México.
CASTRO Y BARBEITO, B. F. (1792). Diccionario histórico portátil de las órdenes religiosas y militares, y de las congregaciones regulares y seculares, que han existido hasta el día de hoy. Don Blas Román.
CASTRO, F. (1995). Historia de la Vida y santas obras de San Juan de Dios y de la Institución de su Orden y principios de su Hospital (edición facsimilar). Publicaciones Obra Cultural Cajasur.
CICATELLI, S. (1653). Vida y virtudes del V.P. Camilio de Lelis, fundador de la religión de los Clérigos regulares ministros de los Enfermos. Melchor Sánchez.
CORTÉS, A. L. (2005). Sobre el absolutismo confesional de Felipe II. En J. L. Betrán, A. L. Cortés y E. Serrano (Coords.), Religión y poder en la Edad Moderna (pp. 109-130). Universidad de Granada.
DEMOLEN, R. L. (1994). The First Centenary of the Barnabites (1533-1633). En R. L. DeMolen (Ed.), Religious Orders of the Catholic Reformation. In honour of John C. Olin on his seventy-fifth birthday. (pp. 59-96.) Fordham University Press.
DÍAZ DE ARCE, J. (1651). Libro primero del próximo evangélico exemplificado en la vida del Venerable Bernardino Álvarez patriarca de la Orden de la Caridad que fundó en S. Hipólito de México, aprobada y privilegiada por Gregorio XIII, Sixto V, Clemente VIII y Paulo V. Imprenta de Juan Ruyz.
DÍAZ SERRANO, A. (2010). La doble orilla. El modelo político de la monarquía hispánica desde una perspectiva comparada. Los cabildos de Murcia y Tlaxcala durante el siglo XVI. En A. Dubet y J. J. Ruiz Ibañez (Comps.), Las monarquías española y francesa, siglos XVI-XVIII: ¿dos modelos políticos? (pp. 145-158). Casa de Velázquez.
DICCIONARIO DE DERECHO CANÓNICO ARREGLADO A LA JURISPRUDENCIA ECLESIÁSTICA ESPAÑOLA ANTIGUA Y MODERNA. (1853). Librería de Rosa y Bouret. http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1080043935/1080043935.html
DIERKSMEIER, L. (2020). Charity for and by the poor. Franciscan-Indigenous Confraternities in Mexico, 1527-1700. University of Oklahoma Press.
DONNELLY, J. P. (2000). New religious orders for men. En R. Po-Chia Hsia (Ed.), Christianity. Reform and Expansion 1500-1550 (pp. 283-307). Cambridge University Press.
EGIDO, T. (Coord.). (2004). Los jesuitas en España y en el mundo hispánico. Fundación Carolina, Centro de Estudios Hispánicos e iberoamericanos, Marcial Pons Historia.
ELIADE, M. (1993). The encyclopedia of religion. Macmillan library.
ELLIOT, J. (1992). A Europe of Composite Monarchies. Past and Present, 137(1), 48-71. https://www.jstor.org/stable/650851
FERNÁNDEZ COLLADO, A. (1991). Gregorio XIII y Felipe II en la Nunciatura de Felipe Sega (1577-1581). Aspectos políticos, jurisdiccional y de reforma. Anuario De Historia De La Iglesia, 1, 408-402. https://doi.org/10.15581/007.1.25191
FERNÁNDEZ DE MENDIOLA, D. A. (2008). El Carmelo teresiano en la historia. Una nueva forma de vida contemplativa y apostólica. Segunda parte: De provincia a Orden autónoma y crisis de identidad (1582-1597). Institutum Historicum Teresianum.
FERNÁNDEZ TERRICABRAS, I. (2000). Felipe II y el clero secular. La aplicación del Concilio de Trento. Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V.
FERNÁNDEZ-GALLARDO, G. (1999). La supresión de los franciscanos conventuales en el marco de la política religiosa de Felipe II. Fundación Universitaria Española.
FOIS, M. (1989). Il contesto ecclesiastico ed ecclesiale italiano allá nascità dei Chierici Regolari. Archivum Historiae Pontificiae, 27, 401-418. https://www.jstor.org/stable/23564663
FORTES, A. (1997). Las misiones del Carmelo teresiano 1584-1799. Documentos del Archivio General de Roma. Institutum Historicum Teresianum.
GARCÍA DE LA CONCEPCIÓN, J. (1723). Historia Bethlehemitica. Vida ejemplar y admirable del venerable sirvo de Dios y padre Pedro de San Joseph Betancur fundador del regulare instituto de Bethlehen en las Indias Occidentales: frutos singulares de su fecundo espíritu y sucesos varios de esta religión. Juan de la Puerta impresor. https://repositorio.tec.mx/handle/11285/573977
GARCÍA ORO, J. (1971). Cisneros y la reforma del clero español en tiempos de los reyes católicos. Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Instituto Jerónimo Zurita.
GARCÍA ORO, J. (1979). Conventualismo y observancia. La reforma de las órdenes religiosas en los siglos XV y XVI. En R. García-Villoslada (Dir.), Historia de la Iglesia en España III. La Iglesia en la España de los siglos XV y XVI (pp. 211-349). Biblioteca de Autores Cristianos.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (1998a). Felipe II y la nueva reforma de los religiosos descalzos. Archivo Ibero-Americano. Revista franciscana de estudios históricos, 58(230), 217-310.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (1998b). Felipe II y las Iglesias de Castilla a la hora de la reforma tridentina. Preguntas y respuestas sobre la vida religiosa castellana. Cuadernos de Historia Moderna, 20, 9-32.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (2000). Los frailes descalzos. La nueva reforma del Barroco (primera parte). Archivo Ibero-Americano. Revista franciscana de estudios históricos, 60(237), 511-586.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (2001a). Felipe II frente a la reforma de monasterios y abadías regulares de la Corona de Castilla. Archivo Ibero-Americano. Revista franciscana de estudios históricos, 61(238-239), 1-164.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (2001b). Los frailes descalzos. La nueva reforma del Barroco (conclusión). Archivo Ibero-Americano. Revista franciscana de estudios históricos, 61(240), 499-570.
GARCÍA ORO, J., PORTELA SILVA, M. J. (2002). La reforma de la vida religiosa en España y Portugal durante el Renacimiento. Archivo Ibero-Americano. Revista franciscana de estudios históricos, 62(243), 455-618.
GARCÍA VILLOSLADA, R., LLORCAS, B. (1960). Historia de la Iglesia católica III: Edad Nueva. La Iglesia en la época del Renacimiento y de la Reforma Católica (1303-1648). Biblioteca de Autores Cristianos.
GARGANTA, J. M. (1953). El Papa Clemente VII y sus criterios jurídicos en la reforma de las órdenes mendicantes. Anuario de Historia del derecho español, (23), 289-328. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2051291
GINARTE GONZÁLEZ, V. (1979). La orden trinitaria. Calatrava.
GLEASON, E. (1994). The capuchin order in the Sixteenth Century. En R. L. De Molen (Ed.), Religious Orders of the Catholic Reformation. In honour of John C. Olin on his seventy-fifth birthday (pp. 31-57.) Fordham University Press.
GLOËL, M. (2014). Las monarquías compuestas en la época moderna: concpeto y ejemplos. Universum, 29(2), 83-97. https://www.scielo.cl/pdf/universum/v29n2/art_07.pdf
GONZÁLEZ, F. (1999). Los movimientos en la historia de la Iglesia. Ediciones Encuentro.
GRUZINSKI, S. (2010). Las cuatro partes del mundo. Historia de una mundialización. Fondo de Cultura Económica.
GUZMÁN GUZMÁN, Y. (2022). Religiosos / Members of Religious Orders (DCH). Max Planck Institute for Legal History and Legal Theory Research Paper Series, (2022-11), 1-42. https://deliverypdf.ssrn.com/delivery.php?ID=880092106083030020123016088098103029101082025061065066002116010127025095117099021086017003032014014000038090102017064106112093019023009076035064098107091127004088076059017020071118007088095125115101012006088088029096098095024083031103072011014028004009&EXT=pdf&INDEX=TRUE
HERA, A. (1957-1958). El Regio Patronato de Granada y las Canarias. Anuario de Historia del Derecho Español, (27-28), 5-16. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2051173
HERA, A. (2007). La doctrina del Vicariato Regio en Indias. En F. Navarro Antolín (Coord.), Orbis incognitvs: avisos y legajos del Nuevo Mundo. Homenaje al profesor Luis Navarro García I (pp. 89-100). Asociación Española de Americanistas.
IPARRAGUIRRE, I. (1969). Nuevas formas de vivir el ideal religioso (siglos XV y XVI). En B. Jiménez Duque y L. Sala Balust (Dir.), Historia de la espiritualidad. A. Espiritualidad católica, II: Espiritualidades del Renacimiento, barroca e ilustrada, romántica y contemporánea (pp.148-252). Ed. J. Flores.
ISERLOH E., J. GLAZIK Y H. JEDIN. (1967).Reformation, katholische Reform und Gegenreformation.Herder.
JEDIN, H. (1957). A history of the council of Trent. Nelson and Sons.
JEDIN, H. (1980). Manual de Historia de la Iglesia. Herder.
JORGENSEN, K. (1994). The Theatines. En R. L. De Molen (Ed.), Religious Orders of the Catholic Reformation. In honour of John C. Olin on his seventy-fifth birthday (pp. 1-29). Fordham University Press.
LEHMANN, H. (2000). Lutheranism in the seventeenth Century. En R. Po-Chia Hsia, Christianity. Reform and expansion 1500-1660 (pp. 56-72). The Cambridge University Press.
LEWIS, M. (1996). The First Jesuits as Reformed Priests. Archivum historicum Societatis Iesu, (65), 111-127.
LEWIS, M. (2001). Recovering the Apostolic Way of Life: The New Clerks Regular of the Sixteenth Century. En K. Comerfordy y H. Pabel (Eds.), Early Modern Catholiciscm: Essays in Honour of John O’Malley (pp. 280-296). University of Toronto Press.
LÓPEZ TERRADA, M. L. (1996). El hospital como objeto histórico: los acercamientos a la historia hospitalaria. Revista d’Historia Medieval, (7), 192-204. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=228769
MACLEOD, M. J. (2019). Confraternities in Colonial New Sapin: Mexico and Central America. En K. Eisenbichler (Ed.), A Companion to Medieval and Early Modern Cofraternities (pp. 280-306). Brill.
MARTÍNEZ DE VEGA, M. E. (2000). Formas de vida del clero regular en la época de la contrarreforma: los franciscanos descalzos a la luz de la legislación provincial. Cuadernos de Historia Moderna, 25, 125-187. https://produccioncientifica.ucm.es/documentos/5d3999b42999520684450d18
MARTÍNEZ GIL, J. L. (2006). Sobre el nacimiento y procedencia de San Juan de Dios y su obra. Hispania Sacra, 58(117), 69-100. https://hispaniasacra.revistas.csic.es/index.php/hispaniasacra/article/view/3
MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Coord.). (1994). La corte de Felipe II. Alianza Editorial.
MARTÍNEZ MILLÁN, J. (2003). La crisis del «partido castellano» y la transformación de la Monarquía Hispana en el cambio de reinado de Felipe II a Felipe III. Cuadernos de Historia Moderna II, (2), 11-38. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=975298
MARTÍNEZ MILLÁN, J. (2016). El problema judeo-converso en la Compañía de Jesús. Chronica Nova, (42), 19-50. https://digibug.ugr.es/handle/10481/58674
MARTÍNEZ MILLÁN, J., CARLOS MORALES, C. (2011). Religión, política y tolerancia en la Europa Moderna. Ediciones Polifemo.
MARTÍNEZ RUIZ, E. (2004). El peso de la Iglesia. Cuatro siglos de órdenes religiosas en España. Actas Editorial.
MARTÍNEZ TORRES, G. S. (2019). La Orden de la Caridad de San Hipólito Mártir. El ejercicio de la caridad en el funcionamiento interno de una orden hospitalaria en Nueva España 1566-1700. [Tesis de licenciatura, Escuela Nacional de Antropología e Historia]. Mediateca INAH. https://mediateca.inah.gob.mx/repositorio/islandora/object/tesis:3662
MAYER, A. (2010). La reforma católica en Nueva España. Confesión, disciplina, valores sociales, religiosidad en el México virreinal. Una perspectiva de investigación. En M. P. López-Cano (Coord.), La Iglesia en Nueva España. Problemas y perspectivas de investigación (pp. 11-52). Instituto de Investigaciones Históricas-UNAM.
MENEGHIN, V. (1969). Due Compagnie sul modello di quelle del «Divino Amore» fondate da Francescani a Feltre e a Verona (1499, 1503). Archivum Franciscanum Historicum, (62), 518-564.
NAVARRO ESPINACH, G. (2000). El ducado de Milán y los reinos de España en tiempo de los Sforza (1450-1535). Historia. Instituciones. Documentos, (27), 161-162. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=58374
NIETO SORIA, J. M. (1993). Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480). Editorial Complutense.
O’MALLEY, J. (1993). The First Jesuits. Cambridge.
PÉREZ PUENTE, L. (2007). Trento en México. El tercer concilio provincial mexicano. En Universidad de Valencia (Ed.), Derecho, historia y universidades: estudios dedicados a Mariano Peset II (pp. 411-422) Universidad de Valencia.
PÉREZ PUENTE, L. (2010). El concierto imposible. Los concilios provinciales en la disputa por las parroquias indígenas (México, 1555-1647). Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación-UNAM.
PÉREZ-BUSTAMANTE, R. (1994). El gobierno de los Estados de Italia bajo los Austrias: Nápoles, Sicilia, Cerdeña y Milán, (1517-1700). La participación de la Nobleza Castellana. Cuadernos de Historia del Derecho, (1), 25-52. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=905908
PIZZARUSSO, G., M. SANFILIPPO. (1998). L’Attenzione romana allá Chiesa coloniale ispano-americana nell età di Filippo II. En J. Martínez Millán (Ed.), Felipe II (1527-1598). Europa y la Monarquía Católica III (pp. 321-340). Editorial Parteluz.
PO-CHIA HSIA, R. (2010). El mundo de la renovación católica, 1540-1770. Akal.
PUJANA, J. (2006) La reforma de los Trinitarios durante el reinado de Felipe II. Secretariado trinitario.
RAMÍREZ MÉNDEZ, J. (2014). Las nuevas órdenes en las tramas semántico-espaciales de la Ciudad de México, siglo XVI. Historia Mexicana, 63(3), 1015-1075. https://historiamexicana.colmex.mx/index.php/RHM/article/view/15
RAMÍREZ MÉNDEZ, J. (2015). Los carmelitas descalzos en la Nueva España. Del activismo misional al apostolado urbano, 1585-1614. Instituto Nacional de Antropología e Historia.
RAMÍREZ MÉNDEZ, J. (2016). La dimensión imperial de la reforma de las órdenes regulares. El vicario general y el comisario general de Indias, 1560-1600. En F. J. Cervantes Bello y M. P. Martínez López-Cano (Coords.), La dimensión imperial de la Iglesia Novohispana. Siglos XVI-XVIII (pp. 49-71). Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego-BUAP”, Instituto de Investigaciones Históricas-UNAM.
RAMÍREZ MÉNDEZ, J. (2020). Expansión de las fronteras de la cristiandad. Poblar y asentar para civilizar, Nueva España, siglos XVI y XVII. En E. Acosta Guerrero (Coord.), XXIII. Coloquio de Historia Canario-Americana.https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7375859
RANKE, L. V. (1943). Historia de los papas. Fondo de Cultura Económica.
ROCHER SALAS, A. (2005). La provincia del Espíritu Santo de San Juan de Dios de Nueva España. En A. Gutiérrez Escudero y M. L. Laviana Cuetos (Coords.), Estudios sobre América: siglos XVI-XX (pp. 1299-1316) Asociación Española de Americanistas.
ROMERO GARCÍA, E. (1983). La Toscana en tiempos de Cosme I (1519-1574). Análisis bibliográfico. Pedralbes. Revista d’historia moderna, (3), 127-146. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=85751
RUCQUOI, A. (2012). Cuius rex, eius religio: ley y religión en la España medieval. En O. Mazín (Ed.), Las representaciones del poder en las sociedades hispánicas (pp. 133-174). El Colegio de México.
RUSCONI, R. (1986). Confraternite, compagnie e devozioni. En G. Chittolini y G. Miccoli (Coords.), Storia d’Italia. Annali 9. La Chiesa e il potere politico (pp. 471-507). Giulio Einaudi Editore.
SACROSANTO Y ECUMÉNICO CONCILIO DE TRENTO. (1785). (Trad. I. López de Ayala). Imprenta Real.
SCHAUB, J. F. (2001). Le Portugal au temps du comte-duc d’Olivares (1621-1640). Le conflit de juridictions comme exercice de la politique. Casa de Velázquez.
SHAW, C., MALLETT, M. (2019). The Italian Wars 1494-1559. War, State and Society in Early Modern Europe. Routledge.
SMET, J. (1990). Los carmelitas. Historia de la Orden del Carmen. II. Las reformas. En busca de la autenticidad (1563-1750). Biblioteca de Autores Cristinos.
SPADAFORA, F. (Dir.). (1959). Diccionario bíblico. Editorial litúrgica española.
STEGGINK, O. (1965). La reforma del Carmelo español. La visita canónica del general Rúbeo y su encuentro con Santa Teresa (1566-1567). Institutum Carmelitanum.
SUÁREZ FERNÁNDEZ, L. (1989). Los reyes católicos. Fundamentos de la Monarquía. Rialp.
TAYLOR, B. (1993). La Orden de la Merced: política, sociedad y reforma religiosa bajo Felipe II. Pedralbes, Revista d’Historia Moderna, 13(2), 191-201. https://revistes.ub.edu/index.php/pedralbes/article/view/38441/36807
TAYLOR, B. (2000). Structures of Reform. The Mercedarian Order in the Spanish Golden Age. Brill.
TERPSTRA, N. (2001). Confraternities as Modes of Spiritual Community. En K. Comerford y H. Pabel (Eds.), Early Modern Catholiciscm: Essays in Honour of John O’Malley (pp. 163-182). University of Toronto Press.
TERRÁNEO, S. (2020). Clérigos (DCH) (Clergymen [DCH]). Max Planck Institute for European Legal History Research Paper Series, (2020-16), 1-24. https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=3671334
TIRON, R. (1848). Historia y trages [sic] de las órdenes religiosas. Imprenta y Librería Española y Estrangera de Juan Roca y Suñol.
VALLE, G. (1842). Historia de las instituciones monásticas, desde los primeros monjes hasta la extinción de conventos en España. Angosta Impresor.
VISCEGLIA, M. A. (2004). Convergencias y conflictos. La Monarquía Católica y la Santa Sede (siglos XV-XVIII). Studia Historica: Historia Moderna, (26), 155-190. https://revistas.usal.es/uno/index.php/Studia_Historica/article/view/4809
WOJCIECHOWSKA, B. (2019). The Development of Confraternities in Central Europe in the Middle Ages and Early Modern Period. En K. Eisenbichler (Ed.), A Companion to Medieval and Early Modern Cofraternities (pp. 65-87). Brill.
YUN CASALILLA, B. (2009). Las redes del imperio. Élites sociales en la articulación de la monarquía hispánica, 1492-1714. Marcial Pons.
Notas
1 Equiparo orden o instituto, a la vez que reglar, regular o religiosos (Guzmán, 2022, p. 1).
2 Como parte de este gran proceso se han acuñado diversos conceptos como reforma protestante, pre-reforma, reforma católica, contrarreforma, pretridentinismo, postridentinismo, confesionalización y, más recientemente, catolicismo moderno temprano. Para ver de manera detenida el concepto de Reforma en amplio sentido, así como el desarrollo de muchos de los movimientos que engloba, véase Martínez y Carlos, 2011, capítulos II y III.
3 Esto sucedió con varias de las ramas descalzas (reformadas) desprendidas de órdenes que habían tenido su origen desde la Edad Media. Muestra de ello son los trinitarios descalzos que comenzaron su vida reformada en un convento en 1597; dos años después, Clemente VIII aprobó la reforma y fue hasta 1631 que Urbano VIII les concedió plena independencia (Ginarte, 1979, p. 143). Parte de su proceso de reforma puede verse en Pujana, 2006. Los mercedarios descalzos se constituyeron y lograron su plena independencia en el siglo XVIII (Taylor, 2000, p. 374).
4 Para cada una he incluido referencias de estudios concretos a los cuales el lector puede remitirse.
5 Para profundizar al respecto, ver Cardim et al., 2014, pp. 3-6.
6 Para ver estos movimientos reformistas del siglo XIV y XV de manera general consúltense las obras clásicas de García Oro, 1971, y García y Llorcas, 1960.
7 (Sacrosanto y ecuménico Concilio de Trento, 1785, sesión XXV). Los capítulos 5, 7, 8-10 y 17-18 son respecto a la reforma de las monjas. Para ver todo el proceso del concilio, consultar a Jedin, 1957.
8 Dos estudios especialmente completos para ver las reformas de las órdenes religiosas son el de Garganta, 1953, pp. 289-328, y el de Steggink, 1965.
9 Entendida como el proceso de transformación de valores sociales y personales que sustentan la obediencia colectiva a determinadas dinámicas institucionales (eclesiásticas o estatales) (Martínez y Carlos, 2011, p. 134.)
10 Como se ve, la disciplina eclesiástica derivada de la Reforma no fue sólo un proceso teológico-religiosos, sino también histórico-político (Arcuri, 2019, p. 120).
11 Otra de las órdenes que surgió en América fue la Orden de los hermanos de Belén, la cual nació en Guatemala a mediados del siglo XVII y se dedicó a la atención de los enfermos y a ofrecer primeras letras (García de la Concepción, 1723).
12 Cabe anotar que, a la par que se crearon estas nuevas órdenes masculinas, algunas de ellas tuvieron su equiparable femenina o se crearon otras nuevas para mujeres (hermanas inglesas, ursulinas o visitadinas). Las hospitalarias, por su parte, no tuvieron en general contraparte femenina, como sí sucedió con las monásticas, las de canónigos regulares, las mendicantes, las militares y las de redención de cautivos (Martínez Ruiz, 2004, p. 26).
13 Para tener un esbozo pueden consultarse Black, 1989, y Rusconi, 1986, pp. 471-597.
14 El fundador de los hipólitos, Bernardino Álvarez, compró una recua de cien mulas para auxiliar por los caminos a los recién llegados del Viejo Mundo. Ubicó para tal fin a las mulas en diversos puntos entre los puertos del Pacífico (Acapulco), el Atlántico (Veracruz) y el hospital de San Hipólito en la ciudad de México (Martínez Torres, 2019, pp. 42 y 52).
15 El segundo de los grados del sacramento del orden sagrado compuesto por diáconos, sacerdotes y obispos (Assimakópulos, 2019, p. 23). Puede verse también Terráneo, 2020, p. 16.
16 Las órdenes regulares podían llevar un tipo de vida activa, contemplativa o mixta. La primera implicaba que el instituto se enfocaba en la realización de obras de misericordia temporales o espirituales. La segunda suponía que sus miembros ocupaban su tiempo en la oración y el recogimiento. La tercera era el balance entre las dos anteriores (Guzmán, 2022, p. 11).
17 Apostolado hace referencia a los apóstoles, a los enviados de Cristo para predicar el evangelio. Así, en amplio sentido, es el trabajo que debe realizarse para extender la religión, que puede ser a partir de la diseminación de la religión, conversión de paganos e infieles y cuidado espiritual de los fieles en sus múltiples formas (Spadafora, 1959, pp. 51-52).
18 La aparición de la primera Congregación del Divino Amor en Génova fue el 26 de diciembre de 1497. En Roma se estableció según el modelo de Génova antes de 1515 (Martínez Millán, 2016, pp. 19-50).
19 Puede verse la explosión de diversas congregaciones a lo largo del siglo XV en “órdenes religiosas” (Diccionario de Derecho Canónico arreglado a la jurisprudencia eclesiástica española antigua y moderna, 1853, pp. 886-887).
20 Hace falta un estudio profundo al respecto, sobre todo “cruzar” la historiografía de las órdenes regulares de la reforma con la de las cofradías en territorios conquistados en el siglo XVI.
21 Es complicado sintetizar la primera mitad del siglo XVI italiano, en tanto que, ante las constantes guerras, territorios se ganaban y se perdían rápidamente, se derrocaban dinastías, gobernantes, a la vez que se establecían otras, y Estados desaparecían mientras se creaban otros. Los Estados más grandes eran, en todo caso, Nápoles, Milán, las repúblicas de Florencia y Venecia, así como los Estados papales; no obstante, había otros tantos más pequeños. El acontecimiento que simboliza la profunda crisis es el Saco de Roma de 1527. Para tener un panorama general puede consultarse Shaw y Mallett, 2019. En torno a las relaciones de la Monarquía Católica y la Santa Sede, véase Visceglia, 2004, pp. 162-179.
22 Consigné la fecha del surgimiento de la agrupación, mas no la de su aprobación por bula pontífica. En cuanto al lugar, se trata dónde comenzaron su actividad. En gris están los institutos surgidos en territorios de la Monarquía Católica.
23 En el caso del ducado de Milán, su posición estratégica lo hizo un punto de intervención extranjera todo el primer tercio del siglo XVI. Cabe recordar que entre 1499 y 1515, fue invadido por Francia cuando era gobernado por los Sforza. No obstante, en 1521, el Papa León X y el emperador Carlos V restablecieron el ducado en Francisco II Sforza, pero acusado de traición al Imperio, fue derrocado en 1526, aunque reestablecido por el propio Carlos tres años después a cambio de legarle el dominio a su muerte, como sucedió en 1535 (Navarro Espinach, 2000, pp. 161-162).
24 La Toscana estaba constituida por cinco estados y otras entidades políticas menores: la república de Florencia (convertida en ducado en 1530 por Carlos V), la república de Siena, la de Lucca, el marquesado de Massa y el principado de Piombino, y los feudos imperiales de Lunigiana. Hacia mediados del siglo XVI se logró la integración de la Toscana perteneciente al duque de Florencia (Romero, 1983, pp. 128-130).
25 De manera conjunta, véase Pérez-Bustamante (1994, pp. 25-52).
26 Ver, por ejemplo, Borromeo, 1998, pp. 185-196; Martínez Millán, 1994; Cortés, 2005, pp. 109-130.
27 En sentido amplio, la misión es la propagación, conversión y cuidado espiritual de una religión por medio de la educación, la ayuda médica y social, la prédica, las muestras de vida ejemplar, entre otros. Suele agruparse en dos categorías: 1) Misión extranjera: busca la propagación de la fe en territorios donde no se le conoce, por lo que lleva consigo una actividad de conversión; y 2) Misión doméstica: se centra en el desarrollo de actividades de afianzamiento de la fe, purificación de la religión y condena de prácticas laxas; muchas veces, mantiene un ideal de recomposición social, política y económica, encaminado a resultados espirituales (Eliade, 1993).
28 Ya la historiografía ha analizado cómo la aplicación de Trento en cada territorio estuvo igualmente sujeta a los intereses de la monarquía en los cuales se insertó. Específicamente en el caso de la Monarquía Católica, puede consultarse, por ejemplo, Pérez Puente, 2010.
29 El Patronato Real y la sujeción de la Iglesia al poder real, característico del siglo XVI, es evidente a partir de la política de los Reyes Católicos; no obstante, sus raíces se encuentran el Derecho romano, en tiempos de los reyes visigodos (Rucquoi, 2012, pp. 133-174).
30 Felipe II pidió se reformaran “[…] todas las casas, que hay de frailes y monjas clausuradas en estos nuestros reinos de Castilla y Navarra, Aragón, Valencia y Cataluña y en todos los otros reinos sujetos y adyacentes a las Españas de las órdenes de San Agustín, San Francisco y Santo Domingo y de todas cualesquier otras órdenes, así de frailes como de monjas, ahora sean monacales o mendicantes” (Archivo General de Simancas [AGS], leg. 891, fol. 41). Realizarían la visita dos vicarios generales nombrados por los provinciales o los generales reformados. Convocarían a un capítulo en el que elegirían nuevo provincial y superiores de los conventos, además de nombrar a dos de los cuatro definidores que solían tener las provincias. Fernández Collado (1991, p. 306) dice que no le dieron el permiso para hacerlo. Véase también García Oro, 1979, pp. 318-319.
31 Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores [AMAE], Santa Sede, Reales cédulas y otros papeles relativos a la orden de la Merced, leg. 34, fol. 1-53. “Memorial de algunos casos que se ofrecen para la reformación”, 1563 aprox.
32 AMAE, Santa Sede, Reales cédulas y otros papeles relativos a la orden de la Merced, leg. 34, fol. 1-53. “Rey pide se le encomiendo la reforma de la Merced como patrono de la misma”, 12 de marzo de 1563.
33 AGS, Estado, leg. 893, n. 128 y 129. “Carta de Francisco de Vargas a Felipe II”, 11 de abril de 1562. Desafortunadamente, la mayoría de la correspondencia entre Francisco de Vargas y Felipe II desapareció en el incendio de la Universidad de Valladolid, en marzo de 1939, por ello he tenido que basarme en la reproducción de los fragmentos que realizó Steggink (1965). Así, los legajos citados respecto al AGS, Estado, leg. 890-9, pertenecen a las transcripciones de Steggink; no obstante, me pareció pertinente consignar la referencia aún del archivo para poder cruzar datos con otras publicaciones que citan la misma documentación.
34 La paz de Cateau Cambresis (1559) terminó una larga fase bélica en la península italiana y marcó un cambio en la relación entre la Monarquía y la Santa Sede. Para ver esta transformación consultar Visceglia, 2004, pp. 169-179.
35 Ver el proceso de los mandamientos de la reforma de órdenes en Fernández Collado, 1991, p. 23; Fernández-Gallardo, 1999, p. 37; García y Portela, 1998b; y García Oro, 1979, p. 322.
36 Muchos de los documentos de la reforma de las órdenes regulares se encuentran en el AGS, Patronato Real, Leg. 23.
37 Ver, por ejemplo, los advertimientos sobre la reformación de San Francisco en España (1569, AGS, Patronato Real, Leg. 23, Doc. 222). Para monjas, ver la “Carta de fray Francisco de Meco, comisario de la orden de San Francisco a Felipe II, donde se pide la provisión para reformar a las monjas” (1568, AGS, Patronato Real, Leg. 23, Doc. 165); la “Copia de la carta de su majestad que se escribió a los prelados de la corona de Aragón para lo de la reformación de los agustinos” (AGS, Patronato Real, Leg. 23, Doc. 22); las “Instrucciones para la reforma de la orden de la merced en la península” (siglo XVI, AGS, Patronato Real, Leg. 23, Doc. 51); la “Carta de Felipe II respecto a la reforma de los basilios” (1594, AMAE, Santa Sede, legajo 33, fol. 75-124); y el “Informe sobre que no se ha podido llevar a cabo la reforma total de los dominicos en Aragón, Valencia y principado de Cataluña” (1594 aprox., AMAE, Santa Sede, legajo 33, fol. 1-42).
38 El derecho de presentación de los reyes hispanos era aplicable en Canarias, Granada y Puerto Real, en tiempos de Inocencio VIII y los Reyes Católicos, y más adelante para Pamplona, y luego para Castilla y Aragón, en tiempos de Adriano VI y Carlos V. Si bien esta última concesión se vio sometida a importantes controversias posteriores y nunca se pudo ejercer sin problemas ni dificultades, en todo caso, tal fue la base del efectivo ejercicio del derecho de presentación por parte de los Monarcas en todos sus Reinos españoles (Hera, 1957-1958, pp. 5-16; 2007, pp. 89-100; Tarsicio de Azcona, 1980, pp. 136-143).
39 Por ejemplo, en 1577, el rey logró establecer esa figura para la cartuja hispana haciéndola independiente del superior que en ese caso radicaba en Francia.
40 “Pídase una carta por su santidad para que confirme las bulas de la observancia que esta provincia tiene y por qué el provincial de la dicha orden desea que las cosas de la religión se conserven y vayan en aumento y las que por largos tiempos se han relajado y decaído de su primera institución volverlas a su antigua costumbre y primer instituto y esto no lo puede hacer de su propia autoridad por estar intrusos en ellas muchos hombres graves de la provincia con licencias del general y algunas confirmadas de su santidad como son magisterios exenciones de ellos, tener rentas, tener sus propios depósitos en sus personas, decir las misas por sí, llevar mozos a caballo, andar con hábito fuera e la orden con título de mantener sus padres, no seguir comunidades de coro ni refectorio, todo lo cuales contra nuestra constitución y regla de vivir y con mucha ocasión de ofensas de Dios, suplicase a su santidad dé una bula en que derogue todos los privilegios y exenciones que los tales frailes tuvieren y mande al provincial que eso fuere so graves penas y censuras que las dichas exenciones no permita se guarden y si algunas se concedieren de nuevo no sean obedecidas ni se use de ellas […]”.“Real Cédula recomendando al embajador los asuntos de la Orden Agustina de Castilla en Roma, relativos a la reforma” (AMAE, leg 35, fol. 36, febrero de 1587).
41 Al respecto, sería necesario ver estudios generales en torno a las nuevas órdenes en los territorios francés e italiano para entender cómo surgieron ahí los institutos regulares -de votos simples como solemnes- y con qué características.
42 Si bien la Corona había conseguido hacerse con una serie de atribuciones y recursos que le permitieron tener un margen de maniobra considerable, esto no fue suficiente como para prescindir del conjunto de los sectores privilegiados del reino e imponer un orden jurídico y social por sí misma (Amadori, 2013, p. 24).
43 De ahí que una vasta historiografía reciente utiliza el término de “imperios negociados”. Los ejemplos clásicos al respecto son Schaub (2001) y Yun (2009).
44 Los papas fueron concediendo a los jesuitas una serie de privilegios y facultades que los apartaban del control de la Monarquía Hispana y favorecían sus intereses (Steggink, 1965, capítulo II).
45 Aunque en principio parece sólo un cambio en el concepto humanista de christianitas por el de pietas, de fondo significaba un modelo distinto al practicado por la facción castellana para justificar el poder de la Monarquía. Esto se hizo del todo evidente en la fractura entre los jesuitas castellanos y los italianos. Véase Martínez Millán, 2003, pp. 27-30.
46 Aunque Carlos I repelió el establecimiento de la Compañía de Jesús en sus territorios, la cercanía con la princesa Juana de Austria, la profesión de Francisco de Borja -miembro de la nobleza valenciana- y su adscripción al partido ebolista, terminaron por darles cabida. No obstante, tuvieron que establecer un comisario para las provincias de España, aunque luego los propios jesuitas la quitaron (Astraín, 1914, pp. 624-625).
47 Para un acercamiento conjunto de estas monarquías consultar Gloël (2014) y Elliot (1992).
48 Un primer acercamiento desde la figura de los vicarios y comisarios generales de Indias está en Ramírez Méndez (2016).
49 Así como se ha llamado la atención en torno a la aplicación de Trento en territorios extraeuropeos, falta hacer un estudio respecto de las órdenes regulares conformadas en América, pero integrados en la renovación espiritual y necesidades prácticas propias del proceso de Reforma y de los intentos de centralización del poder real. Ver, por ejemplo, Pérez Puente (2007, p. 411-422).